Adiós a las marcas "sostenibles" y "verdes". Adiós al Ecopostureo

El Gobierno multará a las Empresas con alegaciones ambientales genéricas en sus productos, que no estén respaldadas científicamente.

El Gobierno prepara ya una Ley de Consumo Sostenible que pretende luchar contra el ecopostureo o greenwashing. En línea con las recientes directivas europeas sobre el tema, la futura norma identificará como “práctica comercial desleal” la inclusión de alegaciones ambientales genéricas —como “sostenible”, “verde”, “respetuoso con el planeta”— o que no tengan respaldo científico, y quienes las utilicen podrán ser sancionados con hasta 100.000 euros, o hasta seis veces el beneficio ilícito obtenido. Según fuentes del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, la normativa, que todavía no tiene fecha, también incluirá un índice de reparabilidad para que los consumidores conozcan la duración de los productos y sepan evaluar aquellos que se pueden reparar con más facilidad.

Según datos de la Comisión Europea, más de la mitad de las afirmaciones ecológicas de los productos, son “vagas, engañosas o sin fundamento”. Hasta un 40% incluso carece totalmente de base para venderse como productos respetuosos con el medio ambiente. Por eso, la UE está trabajando en dos directivas, una sobre empoderamiento de los consumidores para la transición ecológica y otra sobre la justificación y comunicación de alegaciones ambientales explícitas (directiva de alegaciones ecológicas o green claims). Con la entrada en vigor de esta última, habrá que verificar que es cierto lo que se diga en las alegaciones ambientales, mientras que las que tengan carácter genérico se considerarán “prácticas comerciales desleales”.

Cuando se apruebe la norma española, las frases o lemas ambientales deberán estar respaldados por compromisos claros, objetivos, disponibles públicamente y verificables, recogidos en un plan de ejecución detallado y realista que muestre cómo se van a lograr dichas metas. Además, se impedirá la exhibición de distintivos de sostenibilidad por parte de las empresas que impliquen una comunicación comercial que sugiera que un producto tiene un impacto positivo o nulo en el medio ambiente o es menos perjudicial para el medio ambiente que los productos de la competencia.

La norma abarcará cualquier tipo de comunicación que haga una empresa, de la publicidad al envase o las etiqueta, y cualquier otra información sobre el producto. Distinto será el caso de las etiquetas como el sello “ecológico”, cuyos productos tienen que cumplir una regulación específica.

 

Fuente: DAM (Distribución Activa Multisectorial)

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